LEGISLACIÓN CITES

Antes de comprar una tortuga debemos tener muy clara la especie que es y el tipo de documentación que necesita, si esta protegida o no, también porque en un futuro querremos criarla y sin la documentación adecuada no podremos(siempre será una tortuga ilegal). Todas las especies amenazadas las regula la CITES que es convenio internacional de especies amenazadas. 

 

El CITES ofrece unos listados de especies tanto de animales como de plantas y las clasifica según el grado de peligro de extinción tienen en tres apéndices:

 

Apéndice 1: Incluye las especies en peligro de extinción y regula su comercio, en ocasiones llegando a prohibirlo.

 

Apéndice 2: Incluye las especies que aunque no estén en peligro podrían pasar a estarlo si no se controla su comercio y su habitat.

 

Apéndice 3: Incluye las especies que no están en peligro ni tienen riesgo de extinguirse, pero si que regula el comercio y exportaciones a otros paises.

 

Legislación regulada según la U.E. dentro de la normativa CITES:

 

La unión Europea agrupa varias especies en anexos según sus criterios de protección:

 

Anexo A: Incluye la totalidad de los CITES 1, algunos CITES 2 y algunos menos CITES 3. En este anexo se incluyen a las especies mas amenazadas. 

 

Anexo B: Incluye las restantes especies de CITES 2 y algunas CITES 3, también especies no incluidas en CITES.

 

Anexo C: Más CITES 3

 

Anexo D: Incluye especies CITES 3 con un grado de exportación muy alto. 

 

Con las especies que no estén incluidas en la CITES bastará con una factura de compra y el documento de cesión (esto siempre para cualquier tortuga).

 

Listado CITES 2012 http://www.cites.org/esp/app/appendices.php